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Sábado, 20 de Abril de 2024

Desechan tres amparos contra revocación de mandato en Tehuacán

Uno fue por no reunir los requisitos y dos por tratarse de una autoridad contra otra autoridad
Sábado, 25 de Julio de 2020 18:34
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Yomara Pacheco

Tehuacán, Pue.-Los tres amparos que se promovieron como defensa legal, por parte del presidente municipal sustituto, Andrés Artemio Caballero López y por un regidor suplente de la administración, José Alberto Méndez Lezama, ante el proceso de revocación de mandato del Ayuntamiento de Tehuacán que inició el Congreso del Estado, fueron desechados por la justicia federal, debido a que uno no reunía los requisitos y dos más porque no es su competencia conocer del juicio al tratarse de dos poderes de la misma entidad federativa.

Cae líder de préstamos gota a gota en Tehuacán; no es colombianoIncendio en basurero municipal de Coxcatlán fue provocado: edilEl alcalde suplente presentó dos demandas de amparo uno bajo el expediente 567/2020 en el Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y Juicios Federales en el Estado de Puebla y el otro en el expediente 523/2020 radicado en el Juzgado Noveno de Distrito, los cuales fueron desechados el pasado 23 de julio.

En la primera demanda de protección de la justicia federal presentada el pasado 21 de este mes por Caballero López, para que se dejará sin efecto el acuerdo con fecha 6 de julio en donde se declara el inicio del procedimiento de desaparición del Cabildo y todas las acciones iniciadas, el juez resolvió desestimarla, debido a que es improcedente al tratarse una autoridad contra otra autoridad, por lo que el tema debe tratarse a través de una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Asimismo, porque es facultad soberana que la Constitución Federal confiere exclusivamente a los Congresos de los Estados para desaparecer a los Ayuntamientos de su entidad, es por eso que se enfatiza que el asunto debe ser atendido por una controversia constitucional.

En tanto en el segundo amparo promovido con fecha 22 de julio también se desecha, pero este por no reunir los requisitos en la demanda electrónica establecidos, durante esta contingencia sanitaria, ya que no presenta firma electrónica, ni evidencia criptogáfica, para garantizar la fiabilidad de identidad y permitir identificar quién es el autor o emisor del documento

Por lo que se refiere al tercer amparo bajo el expediente 673/2020 presentado por José Alberto Méndez Lezama regidor suplente del actuar concejal de Hacienda, Víctor Manuel Canaán Barquet, también tuvo la misma suerte de ser desechado por improcedente.

Y es que aun cuando se le había solicitado que presentara ante el Juzgado Quinto de Distrito de Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y Juicios Laborales en el Estado de Puebla la copia certificada de la constancia de mayoría que emitió el Instituto Electoral del Estado (IEE) y lo hizo, la determinación del juez fue reiterar que es facultad soberana que la Constitución Federal confiere exclusivamente a los Congresos de los Estados para desaparecer a los Ayuntamientos de su entidad, es por eso que se enfatiza que el asunto debe ser atendido por una controversia constitucional.

Al momento se desconoce si las autoridades municipales recurrirán a presentar una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia para frenar la revocación de mandato que versa sobre ellos y con la cual se podría frenar dicho procedimiento.

Imagen de Yomara Pacheco

ES

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