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Viernes, 26 de Abril de 2024

¿Dónde quedó la bolita o los portafolios con millones para Israel Pacheco?

22 Octubre, 2018
Rodolfo Ruiz R.

Más allá de cuánta verdad o mentira haya en las declaraciones que este día hizo a e-consulta el depuesto líder sindical del Ayuntamiento de Puebla, Israel Pacheco Velázquez, una cosa es innegable: el colaboracionismo que con el gobernador Rafael Moreno Valle han mantenido importantes actores políticos que supuestamente son de oposición al PAN.

Entre ellos Ignacio Mier Velasco, ex dirigente estatal del PRI y actual diputado federal de Morena y presidente del Comité de Administración de la Cámara Baja del Congreso de la Unión, y su aliado y socio Enrique Doger Guerrero, ex diputado federal y ex candidato del PRI a la gubernatura de Puebla.

El primero acercó al entonces secretario general del Sindicato Benito Juárez con Rafael Moreno Valle en 2010, para que lo apoyara en su campaña por la gubernatura de Puebla frente al priísta Javier López Zavala, cuando se supone que en ese año Ignacio Mier todavía militaba en las filas del tricolor.

Y el segundo, que en los recientes comicios locales fue postulado por el PRI como candidato a la gubernatura, lo llevó en junio de 2013 a una reunión con Moreno Valle, José Antonio Gali, Eduardo Rivera y Fernando Manzanilla, en el hotel Bodegas del Molino, donde se le conminó a traicionar al ex rector de la BUAP y candidato priísta a la presidencia municipal de Puebla, Enrique Agüera Ibáñez.

Aunque Enrique Doger ha rechazado una y otra vez las versiones que lo señalan como traidor del PRI en los comicios locales de 2010, 2013, 2016 y 2018, la verdad es que en todos esos procesos siempre ha estado bajo sospecha.

En 2010 Rafael Moreno Valle lo quería como compañero de fórmula, en lugar de Eduardo Rivera Pérez, en la presidencia municipal de la capital del estado por parte de la coalición Compromiso por Puebla. Su intentona no prosperó por el férreo rechazo que en su momento externaron algunos yunquistas como el ex presidente nacional de Coparmex, Jorge Espina Reyes.

En 2013, Enrique Doger volvió a darle la espalda al PRI y a su candidato a la alcaldía Enrique Agüera Ibáñez, según los dichos de Israel Pacheco, presionándolo para que llegara a un arreglo con Rafael Moreno Valle y luego llevándolo a las oficinas de Eukid Castañón en la colonia La Paz donde este operador del gobernador le anticipó que se lo cargaría la chingada y lo enviaría a la cárcel.

De la participación de Doger en los comicios de 2016, donde se enfrentaron José Antonio Gali y la priísta Blanca Alcalá poco se sabe. El ex rector se mantuvo al margen de la contienda, pero en contacto con Moreno Valle y algunos de sus operadores, como el ya referido Eukid Castañón.

Lo ocurrido en el proceso de 2018 es de sobra conocido. Doger confrontó al abanderado de Morena, el PT y el PES, Luis Miguel Barbosa, revelando gastos y bienes que el ex senador ocultó o maquilló en su 3 de 3, haciéndole el trabajo sucio a Martha Erika Alonso, a la que también llegó a criticar pero sin vehemencia.

Al día siguiente de la jornada electoral, Doger salió a reconocer el triunfo de la esposa de Moreno Valle, lo que desató una ola de especulaciones sobre la conformación de un gobierno de coalición PAN-PRI en el que el ex rector de la BUAP sería uno de los beneficiados con un cargo en el gabinete de Martha Erika Alonso.

Las declaraciones de Israel Pacheco sin duda levantarán polémica, réplicas y varias dudas. La principal: dónde quedó el dinero que supuestamente Rafael Moreno Valle envió a Israel Pacheco a cambio de traicionar a Enrique Agüera y sumarse a la campaña de Gali Fayad, si el depuesto líder sindical jura y perjura que él no recibió nada.

¿Ese dinero existió y si existió quién lo recibió y se quedó con él: acaso el que llevó a Israel Pacheco por primera vez con Moreno Valle; el que lo llevó a Bodegas del Molino y tres días antes de las elecciones a las oficinas de Eukid Castañón, o el emisario designado para entregar esos millones que jamás llegaron a su destinatario final?

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Dejo correr a continuación una argumentación jurídica que echa por tierra el amago del desplegado suscrito por las fracciones de Morena, el PT y el PES del Congreso del estado, para desaparecer poderes, en caso de que el gobernador José Antonio Gali siga vetando las reformas aprobadas por la mayoría de la LX Legislatura local:

 

DESAPARICIÓN DE PODERES MÉXICO

 

Artículo 76. Son facultades exclusivas del Senado:

  1. Analizar la política exterior desarrollada por el Ejecutivo Federal con base en los informes anuales que el Presidente de la República y el Secretario del Despacho correspondiente rindan al Congreso

....

  1. Declarar, cuando hayan desaparecido todos los poderes constitucionales de una entidad federativa, que es llegado el caso de nombrarle un titular del poder ejecutivo provisional, quien convocará a elecciones conforme a las leyes constitucionales de la entidad federativa.El nombramiento del titular del poder ejecutivo local se hará por el Senado a propuesta en terna del Presidente de la República con aprobación de las dos terceras partes de los miembros presentes, y en los recesos, por la Comisión Permanente, conforme a las mismas reglas. El funcionario así nombrado, no podrá ser electo titular del poder ejecutivo en las elecciones que se verifiquen en virtud de la convocatoria que él expidiere. Esta disposición regirá siempre que las constituciones de las entidades federativas no prevean el caso.

La facultad contenida en la fracción V del artículo 76 constitucional conlleva una serie de supuestos para la determinación jurídica de algo difícil de precisar jurídicamente como la desaparición de poderes. Escrito así en plural (poderes) supone que es necesario que desaparezcan los tres poderes y no solamente uno de ellos. Bastaría con que el Congreso estatal siga reunido y trabajando o que el Poder Judicial del Estado continúe con su labor de impartición de justicia, para que fuera inoperante declarar que es llegado el caso de nombrar un gobernador provisional.

En 1978 se expidió la aún vigente Ley Reglamentaria de la fracción V del artículo 76 de la Constitución General de la República. Esta Ley amplía la facultad contenida en la Constitución al señalar que corresponde a la Cámara de Senadores de manera exclusiva determinar que se ha configurado la desaparición de los tres poderes de un Estado y que le atañe hacer la declaratoria de que debe nombrarse un gobernador provisional. No es en razón de la determinación de la desaparición por lo que se emite la declaratoria, sino que el hecho es la inexistencia, la desaparición, la falta de los tres poderes, lo que lleva, en términos del propio texto constitucional, a que el Senado emita la declaración de que llegó el momento de nombrar un gobernador provisional.

La Ley establece los supuestos en que desaparecen los poderes, lo que se genera cuando los titulares de los poderes:

  1. Quebranten los principios del régimen federal;
  2. Abandonen el ejercicio de sus funciones, a menos que exista causa de fuerza mayor;
  3. Exista imposibilidad física para ejercer las funciones inherentes a sus cargos o por conflictos causados por ellos mismos, los cuales afecten la vida del Estado, impidiendo la vigencia del orden jurídico.
  4. Prorroguen su permanencia en los cargos después de fenecido el periodo para el que fueron electos o nombrados, y no hubieren celebrado elecciones para elegir a los nuevos titulares.
  5. Promuevan o adopten una forma de gobierno o base de organización política distinta a las que señala la Constitución General de la República.

CONCLUSIÓN

El supuesto de la desaparición de los tres poderes es requisito indispensable para que el Senado ejerza su atribución de señalar que ha llegado el caso de designar un gobernador provisional. Es sumamente difícil que este supuesto se presente en la vida política de un Estado de la República

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