El pasado 22 de abril del 2019, los quince consejos distritales del Instituto Nacional Electoral (INE) en el Estado de Puebla, llevaron a cabo la segunda insaculación para designar a las funcionarias y funcionarios que conformarán este próximo 2 de junio las mesas directivas de casilla (MDC).
Estos órganos, por mandato del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla, son los órganos electorales seccionales, integradas por ciudadanos que tienen a su cargo durante la jornada electoral la recepción, escrutinio y cómputo de los votos que ante ella se emitan, garantizando la libre emisión y efectividad del voto.
Éstas mesas directivas de casilla (MDC) como autoridad electoral tienen a su cargo, durante la jornada electoral, respetar y hacer respetar la libre emisión y efectividad del sufragio, garantizar el secreto del voto y asegurar la autenticidad del escrutinio y cómputo; se conforman con ciudadanas y ciudadanos seleccionados por sorteo para recibir, contar y registrar los votos en la próxima jornada electoral extraordinaria que se llevará acabo el próximo domingo 2 de junio en el Estado de Puebla.
Las mesas directivas de casilla se integrarán con un Presidente, un Secretario, dos Escrutadores y tres suplentes generales.
Requisitos para ser integrante de las MDC
De acuerdo al Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla (CIPEP), Para ser integrante de mesa directiva de casilla se requiere:
Hasta el momento, en la elección extraordinaria del Estado de Puebla, el Instituto Nacional Electoral tiene una estimación de 7,671 mesas directivas de casilla a instalar, esto es:
Entonces, en este próximo 2 de junio, las Mesas Directivas de Casilla (MDC) estarán conformadas por ciudadanas y ciudadanos que son tus vecinos, familiares y amigos, hasta el momento, se han seleccionado 53,697 funcionarios de casilla.
Artículo 139, del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla.
Artículo 140, del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla.
Artículo 141, del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla.
Unidad Técnica de Vinculación con los OPL 2019. Instituto Nacional Electoral, página 15.
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