La reforma laboral aprobada el jueves en la Cámara de Diputados prevé sanciones para los patrones que realicen o permitan actos de hostigamiento sexual en contra de sus trabajadores.
De acuerdo con las modificaciones al artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo, se multará con entre 21 mil 122 y 422 mil 450 pesos al patrón que cometa cualquier acto o conducta discriminatoria en el centro de trabajo. La sanción aplica también a quien realice actos de hostigamiento sexual o que tolere acoso hacia sus empleados.
Además, el artículo 132, relativo a las obligaciones patronales, establece que deben implementar, en conjunto con los trabajadores, un protocolo para prevenir la discriminación por razones de género y atención de casos de violencia y acoso.
Este cambio atiende recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación Contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés), organismo integrado por 23 expertos independientes de todo el mundo.
La reforma laboral aprobada por la Cámara de Diputados para cumplir con el Tratado México- Estados Unidos y Canadá (T-MEC) considera sanciones económicas de hasta 422 mil 450 pesos para los patrones que realice actos de hostigamiento sexual o que tolere o permita actos de acoso u hostigamiento sexual en contra de sus trabajadores.
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