Puebla, Pue.- Los Poderes del Estado, órganos autónomos y otras entidades de gobierno perderán la facultad de contratar auditores externos, los cuales serán asignados por la Auditoría Superior del Estado (ASE), de acuerdo a la iniciativa enviada por el gobernador Miguel Barbosa Huerta al Congreso Local, a fin de evitar simulaciones en la fiscalización de recursos públicos.
La propuesta de reforma a la Ley de Rendición de Cuentas y Fiscalización Superior del Estado de Puebla, fue enviada por el mandatario el pasado miércoles al Congreso Local y enviada a la Comisión Inspectora para ser dictaminada.
Dicha iniciativa propone derogar la facultad de las entidades fiscalizadas, como Ayuntamientos, órganos autónomos y organismos descentralizados, paraestatales y paramunicipales, de contratar a los auditores externos y cederla a la Auditoría Superior, conforme marca el artículo 3 de la citada Ley, que los considera auxiliares en la revisión de estados financieros, programáticos, contables y presupuestarios.
Cabe recordar que a finales de febrero, el auditor Superior del Estado, Francisco Romero Serrano, acusó que al menos un 30 por ciento de los 116 despachos que buscan un registro como auditores externos, presenta anomalías en su funcionamiento, como domicilios falsos o la falta de elementos que comprueben el personal necesario para cumplir con el trabajo.
Ponen candados al trabajo de auditores externos
La iniciativa no solo retira la facultad de contratación a las entidades gubernamentales, sino que retira las facultades exclusivas de revisión y dictaminación con las que cuentan actualmente, toda vez que la reforma incluye cuatro figuras más de las que podrá disponer la ASE para auxiliarse en la fiscalización: profesionales independientes, personas físicas o jurídicas, instituciones públicas o privadas.
Estas figuras podrán realizar a petición de la ASE, visitas domiciliarias e inspecciones, que actualmente es facultad exclusiva del personal de la auditoría.
La iniciativa solo señala tres excepciones para recurrir a estas figuras: conflicto de intereses, en caso de manejar información de seguridad pública del estado o bien en caso de investigaciones relacionadas con responsabilidades administrativas.
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