Puebla, Pue.- En este momento se lleva a cabo la Sesión Urgente del Comité Ejecutivo Nacional del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) para palomear las convocatorias para inscribir en el país a los aspirantes a participar en la jornada electoral del próximo 6 de junio. Y, en los casos donde sea aprobado más de un registro, la definición de hará por encuesta ante la imposibilidad de realiza una asamblea por la pandemia, dice la convocatoria.
En el caso de Puebla, durante la jornada electoral serán electos diputados federales y locales y 217 ediles, junto con sus síndicos y regidores.
De acuerdo con el anteproyecto, los aspirantes a ser candidatos a presidentes municipales, deberán inscribirse en el proceso interno el siete de febrero; los candidatos a diputados locales el 21 de febrero y los interesados en ser candidatos las sindicaturas y regidurías el 28 de febrero.
Por la pandemia, registro en línea se hará a través de la página de internet: https://registrocandidatos.morena.app
La Comisión Nacional de Elecciones dará a conocer la relación de solicitudes de registro aprobadas de los aspirantes a las distintas candidaturas, a más tardar el 3 de abril en el caso de la entidad poblana.
En el caso de los cargos de mayoría relativa, en caso de que sean aprobados varios registros, la definición se hará a través de una encuesta.
El documento dice textual: “Las candidaturas de cargos a elegirse por el principio de mayoría relativa y elección popular directa, se definirán en los términos siguientes: Considerando el hecho público y notorio de que no es posible fáctica y jurídicamente llevar a cabo la Asamblea Electoral a que se refiere el inciso o. del artículo 44º del Estatuto de MORENA, por causa de fuerza mayor derivada de la pandemia ocasionada por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19), así como diversos pronunciamientos de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación7 y la inminencia de los plazos de las etapas del proceso electoral; con fundamento en el artículo 44º, inciso w. y 46º, incisos b., c., d. del Estatuto, la Comisión Nacional de Elecciones aprobará, en su caso, un máximo de 4 registros que participarán en las siguientes etapas del proceso. En caso de que se apruebe un solo registro para la candidatura respectiva, se considerará como única y definitiva en términos del inciso t. del artículo 44º del Estatuto de MORENA.
“En caso de aprobarse más de un registro y hasta 4 por parte de la Comisión Nacional de Elecciones, los aspirantes se someterán a una encuesta realizada por la Comisión Nacional de Encuestas para determinar el candidato idóneo y mejor posicionado para representar a MORENA en la candidatura correspondiente; el resultado de dicho estudio de opinión, tendrá un carácter inapelable en términos de lo dispuesto por el artículo 44º, letra s, del Estatuto de dictado por los magistrados integrantes del Tribunal Electoral del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en el expediente JDC-02/2017.
“(…) En su caso, la metodología y resultados de la encuesta se harán del conocimiento de los registros aprobados, mismos que serán reservados en términos del artículo 31, numeral 1, de la Ley General de Partidos Políticos”.
El documento previo, deberá ser votado por la mayoría, para quedar firme.
Fotografía archivom
clh