La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimó un amparo promovido por la empresa Grupo Bararal, que buscaba impugnar la reforma a la Ley Minera de abril de 2022, reafirmando la exclusividad del Estado mexicano en la explotación del litio.
El ministro Alberto Pérez Dayán elaboró el proyecto para desestimar este amparo que data desde 2022, y que fue aprobado por unanimidad en la Segunda Sala de la SCJN.
Grupo Bararal, argumentó que la reforma de 2022 afectaba su título de concesión 246359 para el lote “San Pedro” en la comunidad de Satevó, en el estado de Chihuahua, que les permitía la exploración y explotación de diversos minerales, sin embargo, la Suprema Corte determinó que dicha modificación a la Constitución establece que no se otorgarán concesiones en el caso del litio, reafirmando la exclusividad del Estado en su explotación.
Así, al estar basada en la “supremacía constitucional”, aunque se concediera el amparo respecto a los artículos de la Ley Minera, este no tendría efecto, ya que la norma constitucional impide la existencia de concesiones sobre este mineral específico.
Al confirmar que la exploración y explotación del litio son facultades exclusivas del Estado, alineándose con las reformas legales y constitucionales recientes que buscan proteger este recurso estratégico, esta resolución de la Suprema Corte sienta un precedente importante en la política minera del país.
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Foto: Especial
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