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Martes, 23 de Abril de 2024

Conoce los detalles del decreto para Día de Reyes Magos 2021

Gobernación dará a conocer a los 217 presidentes municipales el contenido y alcance del decreto emitido por el Ejecutivo durante la pandemia
Lunes, 4 de Enero de 2021 15:51
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Municipios Puebla

Puebla, Pue.- El decreto emitido por el gobierno estatal, únicamente es para comercios que se dedican a la comercialización de juguetes durante el Día de Reyes 2021.

Ampliarán horarios del transporte público, taxis y RUTA para Reyes MagosAnuncia Barbosa apertura de tiendas de juguetes con aforo del 20%La secretaría de Gobernación a cargo de David Méndez dará a conocer a los 217 presidentes municipales el contenido y alcance del decreto emitido por el Ejecutivo durante la pandemia.

El documento publicado en el Periódico Oficial del estado dice lo siguiente:

PRIMERO. Se autoriza la apertura del Comercio establecido dedicado exclusivamente a la venta de juguetes, de las 10:00 horas a las 22:00 horas del día cuatro; de las 10:00 horas del día cinco hasta las 02:00 horas de día seis; así como de las 10:00 horas a las 18:00 horas del mismo día seis, todos de enero de dos mil veintiuno.

SEGUNDO. El aforo en los locales comerciales, deberá ser del veinte por ciento, con todas las medidas de protección establecidas para la prevención del virus SARS-CoV2 (COVID-19).

TERCERO. Prevalecen las medidas en materia de transporte, establecidas en Decreto publicado el veintiocho de diciembre de dos mil veinte, y excepcionalmente los días cuatro, cinco y seis de enero de dos mil veintiuno, se autoriza lo siguiente:

I. Para el lunes cuatro de enero de dos mil veintiuno:

4           (Cuarta Sección)                    Periódico Oficial del Estado de Puebla                   Lunes 4 de enero de 2021

a) El horario de operación del transporte público se establece en horario de 05:30 horas a 23:30 horas;

b) Para el servicio de RUTA (Red Urbana de Transporte Articulado), se establece su operación de 05:30 horas a las 23:30 horas, y

c) El horario de operación del transporte mercantil y ejecutivo se establece en horario de las 05:30 horas a las

23:30 horas.

II. Para el martes cinco de enero de dos mil veintiuno:

a) El horario de operación del transporte público se establece en horario de las 05:30 horas a las 03:30 horas del día siguiente (seis de enero de dos mil veintiuno);

b) Para el servicio de RUTA (Red Urbana de Transporte Articulado), se establece su operación de las 05:30 horas hasta las 23:30 horas, y

c) El horario de operación del transporte mercantil y ejecutivo, se establece en horario de las 05:30 horas a las

03:30 horas del día siguiente (seis de enero de dos mil veintiuno).

III. En los casos previstos en las fracciones I y II quedan exentos del horario de restricción:

a) El traslado de personas en situación de emergencia en transporte mercantil y ejecutivo;

b) El traslado de personal médico y de asistencia hospitalaria en transporte mercantil y ejecutivo;

c) El traslado de personal en el transporte mercantil y ejecutivo, cuya actividad esté catalogada como esencial, y

d) Conjuntamente con la Secretaría de Seguridad Pública, a través de la Dirección de Vialidad Estatal, se realizarán los operativos con la finalidad de verificar el traslado de personas que únicamente estén contenidos dentro de los dos incisos anteriores, así como realizará operativos de alcoholímetro. En el caso de que un pasajero se encuentre alcoholizado será responsable tanto el pasajero como el conductor.

CUARTO. La Coordinación General de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación realizará el acompañamiento a los comercios autorizados mediante este Decreto, a fin de verificar su cumplimiento.

TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente Decreto deberá publicarse en el Periódico Oficial del Estado, entrará en vigor el día de su publicación y es temporal de acuerdo con las fechas señaladas en el mismo.

SEGUNDO. Se instruye a la Secretaría de Gobernación a comunicar el contenido de este Decreto a las y los Presidentes Municipales del Estado de Puebla.

Fotografía archivoe

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