San Martín Texmelucan, Pue.- El requisito de elegibilidad fue incumplido por el ahora diputado federal electo por San Martín Texmelucan, Mauricio Toledo Gutiérrez, debido a que presentó para su registro un recibo de luz del municipio de San Matías Tlalancaleca que no está a su nombre y basado en ese documento le fue expedida una constancia por parte del ayuntamiento.
Va desafuero de Mauricio Toledo, diputado electo de TexmelucanExigen en Morena sesión para el desafuero de Huerta y ToledoMovimiento Ciudadano (MC) y Partido Encuentro Solidario (PES) recurrieron a la Sala Regional de la Ciudad de México para impugnar la relección del diputado federal, que en este momento, también enfrenta un juicio de desafuero en la Cámara de Diputado, donde se ha postergado la votación para retirarle el fuero, ante los señalamiento que tiene por presunto enriquecimiento ilícito.
La impugnación fue atendida por el presidente de la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Héctor Romero Bolaños, quien presentó una propuesta para declarar nula la elección, en la que estableció que la constancia de residencia expedida por el ayuntamiento de San Matías Tlalancaleca carece de apoyo documental.
Por ende, el diputado del PT incumplió con el requisito de elegibilidad, ya que no probó la residencia mínima de seis meses que exige la ley para competir por el distrito de Texmelucan, como se establece en el artículo 55, fracción tercera, de la Constitución del país.
Mauricio Toledo, acusado de enriquecimiento ilícito por parte de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, en los últimos años vivió en la capital del país y delegado de Coyoacán. Además, su credencial para votar tiene domicilio del estado de Michoacán.
Pese al planteamiento del magistrado presidente, el proyecto de sentencia no recibió el aval de los magistrados María Guadalupe Silva Rojas y José Luis Ceballos Daza. Por el momento, el triunfo de Toledo Gutiérrez sigue firme.
Serán los partidos quienes opten por inconformarse ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, con lo avalado por los magistrados que votaron en contra de la propuesta del magistrado ponente y presidente de la Sala Regional, de declarar la nulidad de dicha elección.
Fotografía archivom
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