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Sábado, 18 de Mayo de 2024

TEEP inhabilita a José Galindo Yamak por más de 5 años

Por ejercer violencia política de género en contra de la alcaldesa de San Martín Texmelucan, Norma Layón
Viernes, 27 de Enero de 2023 20:41
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Municipios Puebla

Puebla, Pue.- En Sesión Pública del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP), determinó que el regidor de San Martín Texmelucan, José Galindo Yamak, queda inhabilitado durante cinco años y cuatro meses por cometer violencia política de género en Puebla.

Rivera Vivanco quedaría inhabilitada para el proceso electoral 2024Puebla recibió 5.8 mdp del Programa Nacional de ReconstrucciónNorma Angélica Sandoval Sánchez fue la magistrada que resolvió los expedientes TEEP-AE-086/2022 y su Acumulado TEEP-AE-101/2022, por lo que el TEEP estableció la temporalidad en la que Galindo Yamak estará en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (RNPS).

De tal manera que la Magistrada propuso una temporalidad de cinco años y cuatro meses, ya que la falta cometida se considera ordinaria, aunque hubo agravantes como la “sistematicidad del acto y la calidad del infractor”.

José Galindo realizó comentarios en Facebook donde provocó un discurso de odio en contra de la alcaldesa de San Martín Texmelucan, Norma Layón, por lo que la resolución fue en cumplimiento a lo dictado por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf).

Después de que el caso fue llevado al Tribunal Federal, dicha instancia ratificó la sentencia del TEEP señalando que hubo violencia política, pero pidió justificar la sanción.

Con esta sanción, José Galindo Yamak no podrá buscar algún cargo de elección popular en 2024.

Niegan agravios contra Paola Angón

En lo que se refiera al expediente TEEP-AE-136/2022 que promovió la alcaldesa de San Pedro Cholula, Paola Angón Silva, contra Marco Antonio Cossío Martínez donde señala en una manifestación contra su gobierno hubo violencia política de género.

La magistrada Norma Angélica Sandoval Sánchez declaró inexistente la conducta, debido a que el material que Angón Silva presentó como pruebas solo se desprenden críticas a su gobierno y no se consideran violencia política de género.

Las críticas están protegidas por la libertad de expresión, resolvió el TEEP, también señaló que no hubo un menoscabo a los derechos políticos de la presidenta.

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