La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que la precandidata única de la coalición Sigamos Haciendo Historia, Claudia Sheinbaum, difundió propaganda electoral que vulneró el interés superior de la niñez, a través de un video en Instagram en el que se observa el rostro de una niña que no dio su consentimiento expreso para aparecer en la publicidad.
INE ordena a Claudia Sheinbaum no vulnerar interés superior de la niñezDesechan quejas contra Sheinbaum por actos anticipados de campañaSheinbaum fue sancionada con una amonestación pública, porque en el video se observa que sí difuminó los rostros del resto de niñas, niños y adolescentes que aparecen en él. Es decir, no se trató de una violación deliberada a la norma, sino de una incorrecta valoración de la imagen.
A Morena, PT y PVEM, integrantes de la coalición, les fue aplicada una multa de 10 mil 374 pesos a cada uno por faltar a su deber de cuidado y ser reincidentes (SRE-PSC-40/2024).
Por otra parte, la Sala Especializada determinó que Claudia Sheinbaum no cometió actos anticipados de campaña, derivado de su asistencia al evento “Encuentro con militantes y simpatizantes”, realizado en Champotón, Campeche, el 27 de diciembre de 2023, y difundido en redes sociales.
La decisión se tomó, porque no hubo llamados al voto explícitos o a través de equivalentes funcionales.
El Pleno también concluyó que la gobernadora de Campeche, Layda Sansores, y la presidenta municipal de Champotón, Claudeth Sarricolea, no vulneraron los principios de equidad, imparcialidad y neutralidad en la contienda ni usaron indebidamente recursos públicos, porque acudieron al evento en periodo vacacional.
Por tanto, su participación se dio en calidad de ciudadanas y no de servidoras públicas.
Ante la inexistencia de las infracciones denunciadas, Morena, PT y PVEM no faltaron a su deber de cuidado (SRE-PSC-44/2024).
Foto: archivo m
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