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Jueves, 12 de Septiembre de 2024

Gobernadora de BC violó equidad y neutralidad electoral: TEPJF

En dos conferencias apoyó la candidatura de Sheinbaum, a otras postuladas por Morena y se mostró en contra de los partidos de oposición
Miércoles, 21 de Agosto de 2024 20:21
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Municipios Puebla

La gobernadora de Baja California, Marina del Pilar Ávila, vulneró los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad en el proceso electoral, ratificó este miércoles la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Balean a presidente del Tribunal Electoral de TamaulipasSheinbaum coloca a Martí Batres como futuro director del ISSSTEPor unanimidad de votos, los magistrados confirmaron la sentencia de la Sala Regional Especializada al señalar que en dos conferencias matutinas hizo comentarios para apoyar la candidatura de Claudia Sheinbaum Pardo a la presidencia de la República, a otras postuladas por Morena y en contra de los partidos de oposición.

Además, se acreditó el uso indebido de recursos públicos porque las conferencias matutinas se publicaron en redes sociales oficiales del gobierno estatal y se realizaron en un recinto que pertenece a ese poder local.

La gobernadora de Baja California y el director General de Comunicación Social estatal, controvirtieron de forma inicial la sentencia de la Sala Regional Especializada, al considerar que las conferencias representan un derecho ciudadano al acceso a la información de asuntos de interés general y no se llama al voto, “sino que se trata de un ejercicio periodístico”.

A propuesta del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, la Sala Superior, en sesión pública presencial confirmó la sentencia emitida por la Sala Regional Especializada porque sí fue correcto el análisis respecto de las dos conferencias matutinas.

De su contenido, se advirtió que no se trató de rendición de cuentas o un ejercicio de transparencia del gobierno estatal, sino que fueron pronunciamientos para favorecer al partido político Morena, sus aliados y candidaturas.

En consecuencia, se confirmó la sentencia impugnada (SUP-REP-813/2024).

 

 

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Foto: especial

 

gse

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