Zacatecas y Tabasco se convirtieron en los primeros estados en aprobar la minuta de reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en Materia de impugnabilidad de las adiciones o reformas a la Constitución Federal, también conocida como la de supremacía, aprobada por el Pleno de la Cámara de Diputados la tarde de este miércoles, que avaló en lo general y en lo particular, la reforma de los artículos 107 y 105 de la Constitución en materia de inimpugnabilidad de las adiciones y reformas a la Carta Magna, por lo que se turnó a los congresos locales.
Celebran reunión virtual entre Alcaldes de Guerrero y Gobernadora para fortalecer seguridad Sheinbaum firma decreto para que CFE y Pemex sean empresas del estadoEl decreto avalado en lo general con 340 votos a favor, 133 en contra y una abstención, establece que son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a la Constitución.
Asimismo, el documento señala que las sentencias que se pronuncien en los juicios de amparo solo se ocuparán de personas quejosas que lo hubieren solicitado, limitándose a ampararlas y protegerlas, si procediere, en el caso especial sobre el que verse la demanda.
Mientras que, tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las sentencias que se dicten fijaran efectos generales. No procederá el juicio de amparo, contra adicciones o reformas a esta Constitución.
Al fundamentar el decreto, el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, diputado Leonel Godoy Rangel (Morena) señaló que la reforma busca proporcionar certeza jurídica y claridad para reafirmar la improcedencia de los medios de control constitucional, acciones de inconstitucionalidad, controversias constitucionales y amparo que tengan por objeto contravenir las adiciones o reformas a la Constitución.
Asimismo, el legislador explicó que el artículo 135 de la Carta Magna “es el que establece las modificaciones, adiciones o derogaciones que pueda tener nuestra Constitución, nadie más. Por eso la Suprema Corte de Justicia de la Nación no puede modificar el texto constitucional. No hay ninguna disposición en nuestro texto que permita que eso ocurra”.
Por Morena, la diputada Olga Sánchez Cordero refirió que no es lo mismo hablar de un amparo ciudadano donde se reclaman violaciones a derechos, que discernir sobre una controversia constitucional entre autoridades donde es indispensable que la Constitución otorgue legitimación activa y pasiva.
“La reforma apunta hacia un escenario que rescata el poder soberano menguado durante las últimas cuatro décadas e integra un modelo de ingeniería constitucional que abandona el principio de progresividad”, aclaró Sánchez Cordero.
En contraste, el diputado Fernando Torres Graciano (PAN) consideró que actualmente existe una “crisis constitucional” que abona al rompimiento del sistema de separación de Poderes. Y es que refirió que no sólo se trata se tener mayoría suficiente en el Congreso, sino que, cuando hay una reforma en el texto constitucional se dé la mayor reflexión y acuerdo.
En tanto, el diputado Juan Luis Carrillo Soberanis (PVEM) indicó que las reformas a la Constitución no pueden ser revisadas por el Poder Judicial, salvo que sean impugnadas por violaciones al procedimiento legislativo para su aprobación. Aseveró que, el decreto busca dar claridad y certeza al texto constitucional, a fin de evitar “que intereses particulares utilicen las vías judiciales para entorpecer o revertir reformas aprobadas democráticamente”.
“Falso cuando dicen que el Poder Judicial pierde su independencia, falso cuando se dice que se va a perder la división de Poderes”, refirió la diputada Mary Carmen Bernal Martínez (PT) quien externó que el Poder Judicial se ha extralimitado en sus funciones. “Al Poder Legislativo le ha faltado legislar y es precisamente lo que estamos haciendo, estamos dando claridad al artículo 105 y 107 constitucional”, dijo.
El diputado César Alejandro Domínguez Domínguez (PRI) adelantó que su bancada votaría en contra de la reforma, ya que atenta contra el principio de convencionalidad, representa un grave retroceso en la protección de los derechos humanos de las y los mexicanos, además, de que “viola el procedimiento legislativo” al no cumplir con los pasos reglamentarios para circular el dictamen.
Por Movimiento Ciudadano, el diputado Sergio Gil Rullán alertó que, si se aprueba la minuta, las reformas constitucionales podrían, incluso, “permitir la reelección presidencial o establecer un gobierno centralista, sin ningún medio legal para revertirlas”, además de que representaría un paso hacia el “autoritarismo del cual podría no haber retorno”.
Luego de casi 10 horas de debate y al no avalar ninguna propuesta de modificación presentada por las y los diputados, el Pleno de la Cámara Baja avaló en lo particular, con 343 votos a favor y 129 en contra, el dictamen que reforma el artículo 107 y 105 de la Constitución en materia de inimpugnabilidad de las adiciones y reformas a la Carta Magna, en sus términos.
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