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Miércoles, 1 de Mayo de 2024

IMSS da a conocer modalidades de aseguramiento voluntario

El Art. 13 de la Ley del Seguro Social, anuncia las modalidades de aseguramiento dirigidas a trabajadores independientes, trabajadores del campo, pequeños negocios, trabajadoras domésticas y continuación voluntaria.
Domingo, 27 de Enero de 2019 13:52
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Staff

Puebla, Pue.- Parte de las incorporaciones que facilita el Instituto Mexicano del Seguro Social para otorgar sus servicios de salud, se encuentra la Afiliación Voluntaria, dirigida principalmente a todos aquellos trabajadores que no estén laborando en una empresa formal, que pretendan seguir cotizando de manera voluntaria y requieran la garantía de un servicio médico, así lo informó Francisco González Castillo, Jefe del Departamento de Supervisión de Afiliación Vigencia de la Delegación Puebla.

BUAP y ASE diseñan laboratorio de calidad de obra públicaEn calma se desarrollan plebiscitos en juntas auxiliares: SGGEl jefe del Departamento explicó que de acuerdo a la conformidad con la Ley del Seguro Social, la Afiliación al IMSS comprende dos tipos de regímenes, el Obligatorio y el Voluntario, así como los Seguros Especiales.

En fundamento legal, este tipo de aseguramiento se encuentra dentro de las fracciones I, III, IV del artículo 13 de la Ley del Seguro Social, que habla de las modalidades de aseguramiento, entre ellas dirigidas a trabajadores independientes, trabajadores del campo, pequeños negocios, trabajadoras domésticas y continuación voluntaria.

Uno de los seguros especiales es dirigido a estudiantes, como lo señala el Artículo 12 fracción III de la Ley del Seguro Social. En cuanto al Seguro de Salud para la Familia, los Artículos 240, 241, 84 y 242 de la misma ley, puntualizan que todas las familias en México tienen derecho a un seguro de salud para sus miembros y para ese efecto, podrán celebrar con el Instituto Mexicano del Seguro Social.

Francisco González Castillo detalló que existen modalidades que ofrece el Seguro Social para una Afiliación Voluntaria, donde el costo depende de la cobertura y explicó lo siguiente:

En la modalidad 44 se sitúan los trabajadores independientes como los profesionales, comerciantes de pequeñas empresas, artesanos y demás trabajadores no asalariados, cubre los seguros de enfermedad, invalidez y vida, maternidad y vejez. En este tipo de aseguramiento se puede incluir a los beneficiarios legales con su mismo Número de Seguridad Social, el pago es anual y el servicio es por todo el año.

En el caso de la modalidad 43 abarca a ejidatarios comuneros, colonos y pequeños propietarios, es decir la incorporación voluntaria del campo al Régimen Obligatorio, cubre los seguros de enfermedad y maternidad, invalidez y vida, y vejez, esta no incluye prestación en dinero.

Por su parte la modalidad 35 incluye a patrones personas físicas con trabajadores asegurados a su servicio, cubre riesgos de trabajo, enfermedad y maternidad, invalidez y fallecimiento y vejez. Este otorga prestaciones, pero solo en el apartado de riesgos laborales. Ellos pagarán además la cuota correspondiente a la prima asignada para su actividad patronal.

cdch

 

 

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