Recientemente el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer que aplazó medio año la entrada en vigor de las multas a contribuyentes que no hayan habilitado el buzón tributario con sus medios de contacto actualizados, como es el número telefónico o correo electrónico.
Estos bancos darán créditos a la palabra para apoyar a micronegociosDespedidos mas de 346 mil personas por Covid-19Como parte de la Miscelánea Fiscal 2020, a partir del 1 de enero es obligatorio que los contribuyentes habiliten su buzón tributario para recibir todas las notificaciones relacionadas con trámites, atender requerimientos, depositar información fiscal o consultas.
Cabe señalar que los nuevos plazos para que los contribuyentes habiliten el buzón tributario son, para personas morales el 30 de septiembre y, para personas físicas el 30 de noviembre; después de esas fechas el SAT iniciaría las multas por el incumplimiento.
El buzón tributario inició para personas morales desde julio de 2014 y para personas físicas desde enero de 2015, sin embargo, no era obligatorio habilitarlo, era opcional.
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