Los magistrados de la Sala consideraron que quienes presentaron la inconformidad, el empresario Gustavo de Hoyos Walther y el Consejo Nacional de Litigio Estratégico A.C., no tienen el interés jurídico para presentar el recurso.
Santander levanta la mano para comprar Banamex“El acuerdo impugnado no se traduce en una afectación directa a la esfera de derechos del ciudadano y de la asociación, al tratarse de temas operativos respecto a la mecánica y la organización de un eventual ejercicio revocatorio”, destacó el Tribunal Electoral.
Los promoventes del juicio ciudadano argumentaron que los artículos de la Ley Federal de Revocación de Mandato (LFRM), relativos a la pregunta que se planteará en las boletas para la consulta y que fue aprobada por el Instituto Nacional Electoral (INE) en el acuerdo INE/CG1629/2021, eran inconstitucionales.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó modificar la pregunta de la consulta de revocación de mandato, impulsada por el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, por lo que se mantendrá como fue redactada por el Congreso de la Unión.
El ministro presidente de la Corte, Arturo Zaldívar precisó que no se puede modificar el cuestionamiento porque las firmas de apoyo para la consulta se recabaron bajo esa pregunta.
La pregunta que aparecerá en la boleta tras la decisión de la Corte será: “¿Estás de acuerdo en que a Andrés Manuel López Obrador, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?”.
Fotografía: expansión
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