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Miércoles, 15 de Mayo de 2024

Ordenan cambio en registro de candidaturas a favor de indígenas en Chiapas

No se especificó en qué distritos o municipios deben ir personas de comunidades de origen
Lunes, 18 de Marzo de 2024 18:39
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Municipios Puebla

La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó este lunes la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH), a fin de que en el registro de candidaturas se garantice la participación de personas de origen indígena.

Huerta, Navarro y Camarillo se apuntan como candidatos indígenas en PueblaPAN avala investigación de candidatura indígena de Nadia Navarro y Néstor CamarilloEl Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) de Chiapas dispuso en el reglamento de registro que los partidos políticos y coaliciones debían postular candidaturas indígenas a diputaciones locales por el principio de mayoría relativa en, al menos, 5 de los 10 distritos electorales uninominales indígenas y candidaturas indígenas al cargo de presidente municipal, en al menos, 26 de los 52 municipios que se determinen indígenas.

Sin embargo, no se especificó en qué distritos o municipios.

El Pleno de la Sala Regional determinó revocar la sentencia impugnada porque el TEECH pasó por alto que la postulación optativa, sin definir distritos y municipios, no es acorde con la línea jurisprudencial establecida por la Sala Superior del TEPJF para garantizar un acceso de representación efectivo.

“Pues, tal medida permite la existencia de escenarios de participación de personas indígenas y no indígenas en un mismo distrito, existiendo la posibilidad de que, ante la pluralidad de partidos políticos participantes, no ganen personas pertenecientes a pueblos o comunidades; por lo que, consecuentemente, de reiterarse esta situación en los distritos y municipios seleccionados, la medida perdería su efectividad y sus efectos serían limitados, lo que generaría desigualdad”.

Por lo anterior, la Sala Regional ordenó al IEPC modificar el reglamento impugnado en la parte conducente a la acción afirmativa indígena, a fin de que se especifiquen los distritos y los municipios en los que se deberán postular, exclusivamente, a candidaturas indígenas.

En la sesión pública celebrada este 18 de marzo, se resolvieron cuatro medios de impugnación: tres juicios ciudadanos federares y un juicio de revisión constitucional electoral.

 

 

 

Foto: especial

 

gse

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