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Viernes, 6 de Septiembre de 2024

Esto debes saber sobre la reforma a Ley del Transporte de Puebla

Flexibiliza requisito para tener una concesión y elimina boleto del pasajero
Jueves, 18 de Julio de 2024 23:32
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Municipios Puebla

Las reformas a la Ley del Transporte que impulsa el gobernador Sergio Salomón Céspedes Peregrina permitirá a quienes aspiren a ser concesionarios presentar una manifestación mediante la cual se les obliga a contratar el seguro de viajero en beneficio de los usuarios.

Alistan para reformas para obligar a concesionarios del transporte a contratar seguro de viajeroPiden a 17 estados homologar sus leyes de movilidad y seguridad vialLa propuesta analizada esta semana por los diputados integrantes de la Comisión de Movilidad y Transporte plantea modificaciones a los artículos 82, 86, 87, 89 y 117, que además se torna flexible para los transportistas al quitar la obligatoriedad de presentar una constancia de impacto ambiental expedida por la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial del gobierno del estado.

El artículo 86, referente a los requisitos de trámite de concesión, el texto vigente indica en la fracción VII que para ser concesionario es necesario formular una solicitud por escrito que deberá contener “el seguro de viajero que se obliga a contratar, a fin de proteger a los usuarios y terceros sobre cualquier riesgo que puedan sufrir con motivo de a prestación del servicio”.

El texto propuesto flexibiliza este requisito y deja todo en basta presentar una manifestación mediante la cual se obliga a contratar el seguro para que se de una nueva concesión: . “Manifestación mediante la cual se obliga a contratar el seguro de viajero, a fin de proteger a los usuarios y terceros sobre cualquier riesgo que puedan sufrir con motivo de la prestación del servicio”.

En el artículo 117 se propone eliminar el que se obligue a los permisionarios, “a través de sus conductores, a la utilización del boleto de pasaje del usuario”.

El texto vigente dice que “los concesionarios y los permisionarios se obligan a contratar, a satisfacción de la autoridad competente, un seguro de viajero que proteja a sus ocupantes y daños a terceros, con una institución registrada en la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, con motivo de la prestación del Servicio Público de Transporte y Servicio Mercantil; igualmente se obligan, a través de sus conductores, a la utilización del boleto de pasaje del usuario”.

En el cambio propuesto sólo se elimina la última parte correspondiente a “(…) igualmente se obligan, a través de sus conductores, a la utilización del boleto de pasaje del usuario”; lo demás queda sin modificaciones. La iniciativa será votada en la sesión extraordinaria del pleno que se realizará el 26 de julio.

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Foto: especial

ivg

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