La Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial del estado de Puebla publicó el programa de manejo de Área Natural Protegida (ANP) del Parque Estatal Lago de Tepeyahualco y Guadalupe Victoria.
Con 500 nopales, exedil de Tepeyahualco buscó reparar ecocidio en la Laguna de AlchichicaA prisión, ex edil de Tepeyahualco por dañar la laguna de AlchichicaEl documento hecho público advierte que “la extracción de agua subterránea para consumo humano o para riego, representa uno de los principales problemas en el ANP (…) de 1959 a 1992 disminuyó el nivel del agua 2.57 m, lo que equivale a 7.6 cm por año”.
“La disminución del nivel de agua lleva a la pérdida de una gran variedad de microhábitats, y biodiversidad de los lagos cráter. Actualmente, parte del anillo de estromatolitos del Lago Alchichica han quedado expuestos, poniendo en riesgo la permanencia de hábitats de especies acuáticas como el charal (poblana alchichica), que requiere de la zona para adherir sus huevos y alcanzar el éxito reproductivo; al mismo tiempo la cochinilla acuática (Caecidotea williamsi), especie micro endémica, vive entre los espacios de estas estructuras”.
En 2022 se dio a conocer que la construcción ilegal de un muelle en la Laguna de Alchichica dañó gravemente el ecosistema: se destruyó el cinturón de estromatolitos que la rodean, y aunque el gobierno estatal detuvo a dos personas la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) no formalizó la denuncia y los funcionarios responsables quedaron en libertad.
Ahora, de acuerdo con el programa de manejo, dentro de los límites de su poligonal no se podrá autorizar la fundación de nuevos centros de población; quedan prohibidos los cambios de uso de suelo y desmontes, a excepción de la Subzona de Asentamientos Humanos, previa autorización correspondiente.
Queda prohibida la caza y tala, así como la remoción de plantas, hongos o cualquier otro organismo, parte o derivado de vida silvestre en la Zona Núcleo del Parque Estatal, sin permiso previo de la Semarnat y la Smadsot.
Queda prohibida la explotación de nuevos bancos de material y minas, los existentes deben tener las autorizaciones pertinentes y acatar las legislaciones aplicables.
Se prohíbe introducir animales domésticos, con énfasis en aquellos afectados por enfermedades infectocontagiosas sujetos a Ley Federal de Sanidad Animal; así como, ejemplares de flora y fauna silvestres ajenos a las especies existentes en el Parque Estatal, a fin de asegurar y mantener la salud y el equilibrio de los ecosistemas del ANP.
Queda prohibida la introducción de especies exóticas y exóticas invasoras, así como cualquier obra o actividad que contravenga el destino y aprovechamiento de los elementos naturales dentro del ANP y los criterios que se determinan en este programa de manejo.
Además, se determinó que en las subzonas de Aprovechamiento Sustentable de los Agroecosistemas se podrán realizar actividades agrícolas, acuícolas y pecuarias de baja intensidad, y en aquellos en que dichas actividades se realicen de manera cotidiana, y actividades de pesquería artesanal, agroforestería y silvopastoriles, siempre y cuando sean compatibles con las acciones de conservación del área, y que en su caso contribuyan al control de la erosión y evitar la degradación de los suelos.
La ejecución de las prácticas agrícolas, acuícolas, pecuarias, agroforestales y silvopastoriles que no estén siendo realizadas en forma sustentable, deberán orientarse hacia la sustentabilidad y a la disminución del uso de agroquímicos e insumos externos para su realización.
Asimismo, las actividades de aprovechamiento de flora y fauna, bajo un esquema de autoconsumo dentro del parque podrán seguirse efectuando por los habitantes de las poblaciones que inciden la poligonal del ANP, siempre y cuando se garantice la permanencia, reproducción de las especies aprovechadas y se respete lo señalado en la Ley General de la Vida Silvestre y su reglamento.
El uso medicinal y artesanal de especies vegetales silvestres con fines comerciales se podrá autorizar sólo en la zona de amortiguamiento y previa autorización emitida por la Semarnat; y las personas interesadas en extraer árboles aislados deberán solicitar permiso ante la Semarnat.
La extensión en la que se realice la extracción deberá ser reforestada con especies nativas, o en su defecto cercada, para favorecer la regeneración natural; asimismo, se deberán rescatar las plantas epífitas.
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Fotos: Especial
ivg
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