Este jueves se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la ley que beneficia a empleados que tienen jornadas laborales de pie y que establece la obligación de los empleadores de proporcionar asientos con respaldo a sus trabajadores y garantizarles periodos de descanso durante la jornada laboral.
Avanza en Congreso reforma que amplía atribuciones de Policía AuxiliarCon recorte de 445 mdp en obra, aprueban presupuesto 2025 en Puebla capitalEntrará en vigor el 17 de junio de 2025, es decir, 180 días naturales después de su publicación. Al aprobarse esta ley, el Senado anunció que habrá supervisiones en los establecimientos para garantizar su cumplimiento. La Ley Silla incluye cambios en los artículos 132, 133, 422 y 423 de la Ley Federal del Trabajo.
Se reforman los artículos 132, primer párrafo y fracción V; 133, primer párrafo; 422, primer párrafo y 423, fracciones I, V, VIII y X, y se adiciona una fracción XVII Bis al artículo 133, de la Ley Federal del Trabajo, donde también constan las prestaciones de ley para empleados.
El proyecto avalado en la Cámara de Diputados y el Senado establece en el artículo 132 que es obligación de las personas empleadoras proveer suficientes asientos o sillas con respaldo a todas las personas trabajadoras en los sectores de servicio y comercio, para la ejecución de sus funciones o para el descanso periódico durante la jornada laboral.
La diputada Patricia Mercado celebró que la ley ya se encuentra en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y que a partir de la fecha de publicación dan 180 días para que entre en vigor.
En el artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo se prohíbe a los empleadores obligar a las personas trabajadoras a permanecer de pie durante la totalidad de la jornada laboral, así como prohibirles tomar asiento periódicamente durante el desarrollo de sus funciones.
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Foto: UNAM
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