El Servicio de Administración Tributaria (SAT) aprobó una prórroga para la activación del Buzón Tributario, requisito obligatorio para algunos contribuyentes. El buzón es un canal de comunicación entre el SAT y los contribuyentes y tiene como objetivo simplificar la notificación de actos administrativos y envío de mensajes de forma ágil y segura.
Noviembre: adiós a Silvia Pinal, amenazas de Trump y la caída del BuchanansLos contribuyentes también pueden presentar promociones, avisos o dar cumplimiento a requerimientos de información que realice el SAT. Los beneficios de activar esta función son:
Noviembre: adiós a Silvia Pinal, amenazas de Trump y la caída del Buchanans- Portal privado y personalizado.
- Notificación vía electrónica en cualquier momento y lugar, siempre que se tenga conexión a internet.
- Conocer de manera oportuna cualquier requerimiento de información o resolución derivado de trámites realizados.
- Recibir información sobre beneficios y facilidades fiscales e invitaciones de programas en materia fiscal.
- Proporcionar información útil para el cumplimiento de las obligaciones y trámites fiscales.
- Reducir tiempos y recursos.
- Certeza jurídica a los actos y resoluciones emitidos por el SAT, así como en las operaciones que se realicen.
Obligación fiscal
- Desde 2020, habilitar el Buzón Tributario y registrar y mantener actualizados los medios de contacto son requisitos obligatorios para todas las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), excepto para:
- Personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados o suspendidos.
- Personas físicas sin obligaciones fiscales y sin actividad económica.
- Contribuyentes asalariados y asimilados a salarios que hayan obtenido ingresos en el ejercicio inmediato anterior menores a 400 mil pesos.
¿A cuánto ascienden las multas?
Los contribuyentes tendrán hasta el 31 de diciembre de 2025 para cumplir con esta obligación fiscal. De no hacerlo, podrían hacerse acreedores a multas que podrían ir de los 3 mil 850 a los 11 mil 540 pesos, de acuerdo con el Código Fiscal de la Federación.
¿Cómo habilitarlo?
Se debe tener a la mano la contraseña o firma electrónica (e.firma), si no se cuenta con estos elementos, se debe de agendar una cita en CitaSAT para obtenerlos. Una vez que se cuente con los datos de ingreso, se deben de seguir los siguientes pasos:
- Ingresar al portal sat.gob.mx. (https://www.sat.gob.mx/home)
- Dar click en el anuncio del “Minisitio del Buzón Tributario” que se encuentra en la parte inferior izquierda del portal.
- Una vez en el minisitio, dar click en “Habilita tu Buzón”
- Si se accede por contraseña: Rellenar los campos de RFC, contraseña, e.firma portable y captcha antes de dar click en enviar.
- Si se accede por firma electrónica: capturar los archivos: “-.cer”, “-.key” y clave privada antes de dar click en enviar.
- En la siguiente pantalla se deberá de registrar mínimo un correo electrónico y máximo cinco, y un número de teléfono celular a 10 dígitos, esos serán los medios de contacto.
- Dar click en continuar.
- Si se hace el registro de manera correcta, aparecerá un mensaje con fecha, hora y folio del trámite.
- Dar click en imprimir acuse.
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Foto: Especial
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