México.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) emite la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2025 y sus anexos, con el principal objetivo de simplificar los trámites que se presentan ante las autoridades fiscales.
Así amanece el precio del dólar en México este martes 31 de diciembre del 2024Hay que crear ciudades compactas para hacerlas más caminables• Se clasifica y agrupa la normatividad para facilitar su aplicación en los trámites de devoluciones, asimismo, se eliminan requisitos de diversos trámites de autorizaciones. Además, los trámites que se realizan de manera presencial, podrán presentarse por medios electrónicos.
• Se dan a conocer las reglas de operación para obtener los beneficios del programa de regularización y estar en condiciones de aplicar el estímulo fiscal a que se refiere el Trigésimo Cuarto transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2025.
• Se aclara que los depósitos que obtengan las personas físicas por concepto de programas sociales del Gobierno Federal, son inembargables.
• Se brinda la facilidad a las personas físicas que tributen en el Régimen Simplificado de Confianza, que obtengan saldos a favor, de solicitar su devolución en los pagos mensuales o de forma conjunta en enero del ejercicio inmediato posterior. De igual forma, se recuerda que quienes deseen regresar a tributar en este régimen y cumplan con los requisitos para ello, podrán presentar su aviso a más tardar el 31 de enero de 2025.
Además, el SAT publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025, por lo que, a partir del 1 de enero de 2025 se aplicarán medidas para continuar fortaleciendo el combate a prácticas abusivas, e implementando acciones de simplificación y de recaudación.
Entre estas acciones, se encuentra el fortalecimiento de la vigilancia de las mercancías provenientes de Asia que ingresan al país a través de empresas de mensajería, por lo que:
Si la mercancía proviene de países con tratados internacionales, y su valor excede 1 USD o 50 USD, según corresponda, se pagará la tasa de 19%, salvo los países del T-MEC, que pagarán 17% si el valor es mayor a 50 USD pero no excede los 117 USD.
Si la mercancía no proviene de países con tratados internacionales, se pagará la tasa única de 19 por ciento.
Con estas acciones, el SAT refrenda su compromiso de dar la mejor atención a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, aumentar la recaudación, reducir la evasión y elusión fiscal y combatir el contrabando.
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