
Puebla, Pue.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró invalido este martes dos de junio un oficio catastral que desde el 2020 desató una disputa territorial entre los municipios de Hueyapan y Atempan, en el estado de Puebla
Es así que la SCJN invalidó un oficio emitido por el Instituto Registral y Catastral del Estado de Puebla, mediante el cual se informó que la localidad de Maloapan pertenece al municipio de Hueyapan, al determinar que dicha decisión se sustentó únicamente en el Marco Geoestadístico del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, sin que existiera el respaldo de una decisión formal del Congreso estatal, autoridad que, conforme al marco constitucional y legal, es la única facultada para fijar o modificar los límites territoriales entre municipios.
Delfina Pozos levanta la mano para la alcaldía de Puebla por el PRIMorena Puebla llevará a cabo 31 acercamientos con la ciudadaníaCabe destacar que dicha disputa territorial ha estado marcada por enfrentamientos violentos entre pobladores y autoridades, desplazamientos de personas y denuncias penales.
De tal manera, por unanimidad, el Pleno aprobó el proyecto de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, declarando inconstitucional el oficio del Instituto Registral y Catastral del Estado (IRCEP) de Puebla, del 17 de septiembre del 2020, que estaba asignando la localidad de Maloapan al municipio vecino de Hueyapan, impugnado por Atempan al sostener que históricamente le pertenece, citando incluso leyes de ingresos de los años 50.
El Pleno concluyó que esta actuación administrativa genera incertidumbre respecto de la adscripción territorial de la localidad y de la autoridad municipal competente para prestar servicios públicos, recaudar contribuciones y ejercer otras atribuciones propias del municipio, con lo que se vulnera el principio de seguridad jurídica previsto en los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como la competencia municipal establecida en el artículo 115, fracciones II, III y IV del mismo ordenamiento.
Por otra parte, la SCJN analizó la posible omisión atribuida al Congreso del Estado de Puebla por la supuesta falta de determinación definitiva de los límites territoriales de la localidad de Maloapan entre los municipios de Atempan y Hueyapan. El Pleno consideró que, si bien la Constitución local faculta al Congreso para señalar o modificar los límites territoriales, la normativa vigente no le impone un deber constitucional de actuar de oficio, sino que establece procedimientos que deben seguirse conforme a la Ley Orgánica Municipal y la Ley para la Delimitación Territorial de los Municipios.
Además, el Tribunal Pleno destacó que actualmente se encuentra en trámite ante el Congreso del Estado de Puebla un procedimiento promovido por el municipio de Hueyapan para resolver el conflicto de competencia territorial respecto de la localidad de Maloapan.
En ese sentido, el Máximo Tribunal advirtió que corresponde a las autoridades competentes definir la adscripción de la localidad a los municipios de Atempan o Hueyapan. Por ello, instó a los municipios involucrados y al Congreso estatal a impulsar, en el ámbito de sus respectivas atribuciones y conforme a la legislación aplicable, una solución definitiva al conflicto territorial que brinde certeza jurídica tanto a las autoridades como a las personas que habitan en Maloapan.
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