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Lunes, 23 de Septiembre de 2024

México solicitó reglas de origen automotriz

Dentro del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá
Sábado, 21 de Agosto de 2021 17:05
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Municipios Puebla

“De conformidad con el Artículo 31.4 (Consultas) del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (T-MEC), el gobierno de los de los Estados Unidos Mexicanos.

Moderada ganancia en la economíaWall Street se recuperó México solicita por medio de la presente la celebración de consultas con el Gobierno de los Estados Unidos de América con relación a la aplicación e interpretación del Artículo 3 (Valor de Contenido Regional para Vehículos de Pasajeros, Camiones Ligeros y sus Partes) del Apéndice al Anexo 4-B (Disposiciones Relacionadas con las Reglas de Origen Específicas por Producto para Mercancías Automotrices).

y el párrafo 4 del Artículo 4.5 (Valor de Contenido Regional) del T-MEC”, se lee en la carta solicitud enviada el viernes 20 de agosto por la secretaria de Economía Tatiana Clouthier a Katherine Tai, titular de la Representación Comercial de los Estados Unidos.

Después de 75 días después de presentación de la solicitud de consultas las partes no logran resolver la disputa, México podría solicitar el establecimiento de un panel para dirimir la controversia, recordó el Consejo Coordinador Empresarial (CCE).

Tatiana Clouthier adelantó que México estaba contemplando ya la solicitud de consultas, toda vez que no hubo un acuerdo entre las partes en las pláticas informales.

México y Estados Unidosno concuerdan en lo que  tiene que ver con la forma de contabilizar el valor de contenido regional (VCR) de los vehículos automotores que se producen en la región de América del Norte para exportarse dentro de esta misma.

El VCR mide el porcentaje de piezas producidas en la región que contiene un vehículo producido, ya sea en México, Estados Unidos y Canadá y del cumplimiento o no del VCR acordado en el T-MEC, depende que ese vehículo goce de las preferencias arancelarias del tratado.

El VCR vigente en el anterior Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) para era de 62.5% y para el T-MEC se acordó elevarlo de forma gradual hasta 75% para partes esenciales, esto es, motor, chasis y carrocería, eje, suspensión, sistema de dirección y batería.

El T-MEC entró en vigor el 01 de julio del año pasado con un VCR de 66%, que se elevó a 69% este año. El cumplimiento de la tasa de 75% será obligatorio a partir del 01 de julio del 2023.

Sobre la contabilización del VCR de un vehículo, México argumenta que, una vez que una parte esencial cumple con el 75% acordado, esta debe considerarse como totalmente originaria (100%) para efectos del cálculo del VCR de la unidad.

Estados Unidos, por el contrario, considera que para efectos del cálculo del VCR del vehículo deberá tomarse el VCR específico de cada parte esencial, sin posibilidad de considerar a la parte como 100% originaria.

La interpretación estadounidense es estricta y hace más difícil el cumplimiento del VCR del vehículo terminado, pues se tendrían que promediar los valores exactos de VCR de las partes esenciales, a diferencia de la interpretación mexicana y canadiense que contempla promediarlos valores redondeados a 100% de las partes esenciales que hayan cumplido la regla básica de VCR.

fotografía: motors pasion

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