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Viernes, 13 de Septiembre de 2024

Plantean apoyo económico vitalicio a medallistas Olímpicos y Paralímpicos

Los deportistas mexicanos tendrían la certeza de contar con un sustento que les permita continuar con su carrera deportiva o insertarse a la vida económica
Domingo, 25 de Agosto de 2024 10:37
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Municipios Puebla

El diputado Mario Alberto Rodríguez Carrillo (MC) impulsa reformas a la Ley General de Cultura Física y Deporte, con el propósito de otorgar un reconocimiento económico vitalicio mensual a deportistas que en representación oficial obtengan o hayan obtenido una o más medallas en Juegos Olímpicos o Paralímpicos.

México ya cayó hasta el puesto 51 del cuadro de medallasEstas fueron las cinco medallas de México en París 2024La propuesta de adición de un párrafo al artículo 115 de dicha norma plantea que la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte realice las acciones conducentes para el otorgamiento de un reconocimiento económico de 2.67 salarios mínimos mensuales, con cargo a su presupuesto autorizado, para lo cual el Reglamento de la Ley General de Cultura Física y Deporte establecerá los criterios y bases para su otorgamiento.

La iniciativa, turnada a la Comisión de Deporte, afirma que es necesario que los atletas que hayan recibido medallas olímpicas durante el inicio de su carrera deportiva sean acreedores a un apoyo económico significativo vitalicio y suficiente, para que puedan dedicarse de tiempo completo a entrenar para las dos siguientes competencias olímpicas.

Asimismo, agrega, para que quienes hayan recibido una medalla olímpica hacia el final de su carrera deportiva puedan estudiar un oficio o una carrera universitaria con la cual puedan garantizar su sustento y su inserción a la población económicamente activa.

Refiere que el Reglamento de la Ley General de Cultura Física y Deporte contempla en su artículo 84 Bis un apoyo económico vitalicio para personas deportistas que hayan obtenido medallas en los Juegos Olímpicos o Paraolímpicos; sin embargo, este apoyo únicamente tiene sustento en el artículo transitorio décimo de una reforma a dicha ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de noviembre de 2020, el cual, al haber sido ya implementado, se considera como cumplido y por lo tanto dicho transitorio deja de existir.

Añade que los artículos 84 Bis y 84 Sextus del mismo Reglamento de la Ley General de Cultura Física y Deporte carecen de sustento legal porque regulan algo que ya no existe, por lo que pasan a ser letra muerta.

Por ello, el diputado Rodríguez Carrillo indica que es necesario reforzar el marco legal del apoyo económico a medallistas olímpicos mexicanos, y una forma de lograrlo es establecerlo en la ley junto con un monto mínimo.

Con estos cambios, asegura, las y los deportistas mexicanos tendrán la certeza de contar con un sustento económico que les permita continuar con su carrera deportiva o insertarse a la vida económicamente activa.

 

 

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Foto: especial

 

gse

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