
Las instituciones bancarias en México podrán comenzar a utilizar el reconocimiento facial como un mecanismo para identificar y autenticar a sus clientes, luego de que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) modificó las disposiciones aplicables al sector financiero. La medida fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y entrará en vigor este 2 de julio.
Con este cambio, los bancos amplían las herramientas biométricas disponibles para validar la identidad de los usuarios, ya que anteriormente este proceso se realizaba principalmente mediante la verificación de huellas dactilares.
Estados Unidos descarta extender el T-MEC; acuerdo permanecerá vigente hasta 2036Infraestructura califica de mal hechas las reparaciones de Agua de Puebla; Interpondrán denunciasDe acuerdo con la nueva disposición, las instituciones financieras podrán utilizar la biometría facial para confirmar la identidad de una persona, siempre que la información obtenida coincida con los registros oficiales de dependencias gubernamentales como el Instituto Nacional Electoral (INE), la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) o alguna autoridad fiscal o dependencia federal que cuente con servicios de validación biométrica.
La normativa establece que la coincidencia entre el rostro capturado y la base de datos oficial deberá alcanzar al menos un 90 por ciento para que la autenticación sea considerada válida.
Las identificaciones que podrán utilizarse para este procedimiento incluyen la credencial para votar, el pasaporte mexicano, la matrícula consular y otros documentos oficiales emitidos por autoridades federales que permitan realizar la verificación biométrica.
Uno de los aspectos contemplados en la resolución es la protección de la información personal. La CNBV señala que las bases de datos con información biométrica no podrán venderse, transferirse, intercambiarse ni compartirse entre instituciones financieras o con terceros, con el objetivo de limitar el uso de estos datos exclusivamente a los procesos de autenticación autorizados.
Actualmente, las únicas tecnologías biométricas permitidas para estos procedimientos serán las huellas dactilares y el reconocimiento facial, sin que la regulación contemple por ahora otros métodos, como el reconocimiento de iris o de voz.
Las instituciones financieras dispondrán de un plazo de 90 días hábiles para adecuar sus sistemas y cumplir con los nuevos lineamientos establecidos por la autoridad reguladora.
La implementación de herramientas biométricas forma parte de una estrategia para reforzar los mecanismos de seguridad en el sistema financiero. En los últimos años, diversas instituciones han incorporado este tipo de tecnologías para reducir riesgos relacionados con la suplantación de identidad, una de las modalidades de fraude que más afecta a usuarios de servicios bancarios y financieros.
Además de esta actualización, recientemente también entraron en vigor nuevas disposiciones para ciertas operaciones bancarias de alto valor. A partir del 1 de julio de 2026, quienes realicen depósitos en efectivo, retiros en ventanilla o cualquier otra operación presencial por un monto igual o superior a 140 mil pesos deberán presentar una identificación oficial vigente.
Esta obligación aplicará únicamente a transacciones específicas realizadas en sucursal y no a todas las operaciones bancarias. El propósito es fortalecer los controles de identificación en movimientos de grandes cantidades de dinero y contribuir a las medidas de prevención de operaciones ilícitas.
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