
Miles de mexicanos que trabajaron durante años en el servicio público o en la iniciativa privada y que hoy residen fuera del país deberán realizar un trámite clave para no ver interrumpido su ingreso mensual. En junio de 2026, pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado que viven en el extranjero tendrán que gestionar el Certificado de Supervivencia, un requisito indispensable para mantener activo el depósito de su pensión.
Aunque en territorio nacional este procedimiento se ha simplificado en años recientes gracias al cruce digital de datos entre dependencias, la medida no aplica para quienes radican fuera de México. En esos casos, las autoridades aún exigen una comprobación presencial de supervivencia, también conocida como “prueba de vida”.
Este 13 de junio celebrarán a San Antonio de Padua, el Santo del amor Canadá saca poca renta y empata con BosniaEl requisito no solo involucra al IMSS y al ISSSTE, sino también al Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas. Sin embargo, la obligación de acudir físicamente se mantiene únicamente para pensionados y jubilados que tienen su residencia en otro país. Quienes viven dentro de México ya no deben presentarse periódicamente en oficinas, pues su información se valida mediante sistemas electrónicos.
Para quienes están en el extranjero, el trámite debe realizarse en la embajada o consulado mexicano más cercano a su lugar de residencia. Ahí se emite el documento que certifica que la persona continúa con vida y conserva sus derechos como beneficiaria. Este comprobante tiene una vigencia aproximada de seis meses, por lo que generalmente debe renovarse dos veces al año.
No cumplir en tiempo con esta obligación puede derivar en la suspensión temporal del pago, hasta que el pensionado regularice su situación. Por ello, autoridades recomiendan anticipar citas y verificar los plazos establecidos para evitar contratiempos, sobre todo considerando tiempos de espera en sedes consulares.
En cuanto a los requisitos, cada institución solicita documentación específica. En el caso del IMSS, se pide identificación oficial vigente con fotografía, documento que contenga el Número de Seguridad Social, un escrito firmado con datos de contacto —teléfono y correo electrónico—, así como CURP y comprobante de domicilio.
Por su parte, el ISSSTE requiere la credencial de pensionista o identificación oficial, el número de pensionista, el último comprobante de pago y una fotografía reciente tamaño pasaporte. La documentación puede variar dependiendo del consulado, por lo que se recomienda consultar previamente los lineamientos vigentes.
El Certificado de Supervivencia funciona como un mecanismo de control administrativo que permite a las instituciones evitar pagos indebidos y mantener actualizado el padrón de beneficiarios. Si bien el proceso puede representar un trámite adicional para quienes viven fuera del país, su omisión puede afectar directamente la continuidad del ingreso mensual.
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xmh