
Las personas jubiladas del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que reciben más de una prestación pensionaria deberán ajustarse a los límites establecidos dentro del régimen del organismo, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) definiera un criterio sobre la acumulación de pagos por jubilación y riesgo de trabajo.
La resolución del máximo tribunal determinó que establecer un tope a la suma de ambas pensiones no representa una violación al derecho a la seguridad social, debido a que la medida busca mantener el equilibrio financiero del sistema de pensiones del instituto.
Lluvias en Puebla activan monitoreo de ríos, cierres viales y reparaciones Retiran hasta 40 toneladas de basura de alcantarillas en TexmelucanEl análisis surgió a partir de una controversia presentada por personas trabajadoras del IMSS que ya contaban con una pensión por jubilación derivada de sus años de servicio y posteriormente recibieron una prestación adicional relacionada con un riesgo de trabajo.
Los pensionados consideraron que ambas prestaciones debían otorgarse sin restricciones, al tratarse de beneficios derivados de situaciones distintas. Sin embargo, el caso llegó a revisión de la SCJN, que concluyó que el límite previsto en el Régimen de Jubilaciones y Pensiones del IMSS es compatible con la Constitución y con los principios de protección social.
El Pleno de la Corte analizó los artículos 4 y 5 del régimen pensionario del instituto, los cuales establecen condiciones para determinar la cantidad máxima que puede recibir una persona cuando combina una jubilación con una pensión adicional por riesgo laboral.
De acuerdo con el criterio aprobado, la suma de ambas prestaciones no puede superar el salario correspondiente a la categoría de Médico Familiar 8.0 horas, considerada la de mayor nivel salarial dentro del esquema de jubilaciones del IMSS.
Los ministros señalaron que utilizar esta referencia no implica reducir de manera injustificada los ingresos de las personas beneficiarias, ya que se toma como base el nivel salarial más alto contemplado por el propio régimen del instituto.
La Corte explicó que los sistemas de seguridad social deben cumplir una doble función: garantizar ingresos suficientes para quienes tienen derecho a una pensión y, al mismo tiempo, conservar las condiciones financieras que permitan su funcionamiento a largo plazo.
Bajo este criterio, los límites establecidos por las instituciones pueden ser considerados válidos siempre que sean proporcionales y no impidan que las personas pensionadas tengan acceso a una protección económica adecuada.
El asunto fue resuelto mediante el Amparo Directo en Revisión 8032/2025, aprobado por el Pleno de la SCJN el pasado 1 de julio de 2026.
La determinación establece un precedente para futuros casos relacionados con trabajadores del IMSS que reciben más de una pensión, al definir los alcances de las reglas que regulan la acumulación de prestaciones dentro del sistema de jubilaciones.
Mantente al tanto de todas las noticias Puebla. Haz clic aquí para seguir explorando nuestro portal.
foto ilustrativa
xmh
