México.- En plena fecha de actividades religiosas y vacaciones de Semana Santa, la fecha límite para presentar el ejercicio fiscal anual de las empresas, organizaciones o sociedades registradas como personas morales, es el próximo 31 de marzo de 2024.
Activan Alerta Amarilla por pronóstico de temperaturas altasPierde la vida el diputado Juan Pablo Montes de Oca en desplome de aeronaveEs necesario contar con el RFC y contraseña o en su caso, la e. firma. Pero si eres de las personas que estás molesta con esta situación y no quieres cumplir con esta obligación ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) debes saber que te haces acreedor a una multa, aquí te contamos un estimado de cuánto asciende.
Es así que el primero de abril es la fecha límite para presentar la declaración anual 2023 de las personas morales, de no hacerlo a tiempo el contribuye puede ser acreedor a sanciones y multas.
El Sistema de Administración Tributario amplió su horario de las 08:30 a las 18:00 horas porque 31 cae en día feriado, hasta el primero de abril, para cumplir en tiempo y forma con las obligaciones fiscales, es importante presentar la declaración lo antes posible, debido a que el sistema puede saturarse los últimos días.
Estos son los regímenes que tienen la obligación:
- Régimen General
- Régimen Opcional para Grupos de Sociedades
- Régimen de los Coordinados
- Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras
- Régimen Simplificado de Confianza
Pero en caso de no presentar la declaración anual puede traer consecuencias, desde multas hasta delito de defraudación fiscal, incluso si no se realiza el proceso después de un mes la autoridad tiene la facultad de suspender o cancelar el certificado de sello digital de la empresa.
Conforme al artículo 82 del Código Fiscal de la Federación, los contribuyentes que no lleven a cabo su declaración pueden ser acreedores una multa que va de los 1,810 a los 22,400 pesos.
La multa por presentar la declaración anual después de la fecha límite es de 1,800 a 44,790 pesos y por no presentar aviso de compensaciones, el monto es de los 17,190 a 34,350 pesos.
Además, si el contribuyente está obligado a presentar sus declaraciones por Internet y lo realiza fuera de plazo o no cumple con los requerimientos, puede obtener una multa desde los 18,360 a los 36,740 pesos.
Foto Especial
mala
Vistas: 421