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Lunes, 17 de Junio de 2024

Se mantiene Fase I de contingencia ambiental por ozono

En la CDMX y Edomex; se solicita reducir el uso de aromatizantes, aerosoles, pinturas, impermeabilizantes o productos que contengan solventes
Domingo, 26 de Mayo de 2024 11:48
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Municipios Puebla

México.- Con fundamento en los Programas para Prevenir y Responder a Contingencias Ambientales Atmosféricas en la ZMVM, publicados por los Gobiernos de la Ciudad de México y del Estado de México, la Comisión Ambiental de la Megalópolis informa que continúa la Fase I de contingencia ambiental atmosférica por ozono en la ZMVM y sus medidas, con el fin de proteger la salud de la población y prevenir la exposición a niveles altos de ozono.

Este domingo hay contingencia y Doble Hoy no Circula en la CDMXOrdenan al AIFA publicar contratos, incluido el de un desfile de modasEl Sistema de Monitoreo Atmosférico de la Ciudad de México informa que, las condiciones meteorológicas para el Valle de México seguirán siendo adversas para la dispersión de los precursores del ozono, mismas que son causadas por un sistema de alta presión que permanece en el centro del país, el cual generará viento débil hasta la media tarde, estabilidad atmosférica de moderada a fuerte y cielo despejado a medio nublado, lo que resulta en radiación solar intensa y temperaturas mayores a los 30°C. Estas condiciones darán lugar al estancamiento de los contaminantes y a la formación de ozono, alcanzando concentraciones que se ubicarán dentro del rango de Mala a Muy Mala calidad del aire.

MEDIDAS Y RECOMENDACIONES PARA LA POBLACIÓN

Se recuerda a la población mantenerse informados sobre la calidad del aire, debido a que la ZMVM aún se encuentra bajo la influencia de la tercera onda de calor, por lo que las recomendaciones de protección a la salud son muy importantes para evitar exponerse a los picos de contaminación entre las 13:00 y 19:00 horas, en especial para los infantes, adultos mayores, mujeres embarazadas y personas con enfermedades respiratorias y cardiovasculares.

- Evitar hacer actividades cívicas, culturales y de recreo, así como evitar hacer ejercicio al aire libre entre las 13:00 y 19:00 horas.

- Suspender cualquier actividad al aire libre, organizada por instituciones públicas o privadas, en horario comprendido entre las 13:00 y las 19:00 horas.

- Se recomienda posponer los eventos al aire libre, deportivos, culturales o espectáculos masivos, programados entre las 13:00 y las 19:00 horas.

- Se recomienda no fumar, especialmente en espacios cerrados.

- Mantenerse informados sobre la calidad del aire con la App “Aire”, en el sitio web www.aire.cdmx.gob.mx, en X (Twitter) @Aire_CDMX o al teléfono 5552789931 ext. 1.

Reducción de emisiones

Se recomienda:

- Facilitar y continuar el trabajo a distancia y realizar compras y trámites en línea para reducir viajes.

- Evitar el uso de aromatizantes, aerosoles, pinturas, impermeabilizantes o productos que contengan solventes.

- Recargar gasolina después de las 18:00 horas y antes de las 10:00 horas; no cargar más combustible después de que se libere el seguro de la pistola de llenado.

- Revisar y reparar fugas en instalaciones de gas doméstico.

- Reducir el uso de combustibles en casa, acortando el tiempo de ducha a un máximo de cinco minutos y al cocinar, utilizar recipientes con tapa.

Se reiteran las restricciones a la circulación para el Sector Transporte:

Hoy domingo 26 de mayo, deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:

- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.

- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 2, 4, 6, 8 y 0.

- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado verde, terminación de placa 1 y 2.

- Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.

- Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR.

- Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del  EDOMEX.

- Los taxis con holograma de verificación “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular   de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

Exenciones

- Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.

- Vehículos que porten holograma “00” o “0” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular si cuentan con engomado diferente al color verde y terminación de placa 1 y 2.

- Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.

- Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.

- Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.

- Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.

- Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.

- Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.

- Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).

- Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.

- Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.

- Las motocicletas están exentas de la Fase I.

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Foto Obturador MX

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