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Viernes, 21 de Junio de 2024

Confirma TEPJF candidaturas de Armenta, Rivera y Morales en Puebla

El Tribunal desestimó que se haya vulnerado el principio de paridad de género en las asignaciones
Miércoles, 15 de Mayo de 2024 18:19
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Municipios Puebla

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó este miércoles las candidaturas al gobierno del estado de Puebla del morenista Alejandro Armenta Mier, del panista Eduardo Rivera Pérez y del emecista Fernando Morales Martínez.

Armenta y Rivera calientan el debate; Morales se calza sus fosfo, fosfoLalo Rivera cuestionó a Armenta por la desaparición del INSABIAsí lo determinaron los magistrados al valorar el juicio de la ciudadanía 636/2024, presentado por la ex diputada local María del Socorro Quesada Tiempo, en contra de una sentencia del Tribunal Electoral de Puebla, en la que confirmó los registros, aunque ella argumentó que se vulneró el principio de paridad de género.

En el planteamiento se indicó que el Organismo Público Local Electoral de Puebla no cuenta con atribuciones para garantizar el cumplimiento del principio de paridad en el registro de las personas candidatas a la gubernatura, sino que le correspondía al Instituto Nacional Electoral.

Quezada Tiempo planteó que el INE verificó la paridad horizontal a nivel nacional, pero no en cada estado, además de que no supervisó cómo asignaron las candidaturas los partidos políticos locales.

En su proyecto, el TEPJF consideró los agravios como “inoperantes”, ya que por un lado en la postulación efectuada por los partidos políticos nacionales de cada candidato a la gubernatura, la sala superior ya había determinado que el Instituto local carece de atribuciones para verificar el cumplimiento del referido “principio de paridad”.

Por otra parte, en lo que corresponde a las postulaciones de los partidos políticos locales, en el acuerdo de registro se aprecia que compiten en coalición Armenta y Rivera, por lo que no es aplicable la regla de alternancia que la propia sala superior fijó en un recurso de apelación de 2023.

“De ahí que no existía alguna obligación cuyo cumplimiento debiera ser objeto de supervisión, con base en lo anterior la ponencia propone confirmar la sentencia impugnada”, es decir, quedan firmes los registros de cada candidato.

 

 

 

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Foto: especial

 

gse

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